Según se detalla en la Decisión Administrativa 703, publicada hoy en el Boletín Oficial, la medida apunta a garantizar el derecho de los menores a “mantener relaciones personales y contacto directo con progenitores o referentes afectivos” en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

El documento, firmado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros de Salud, Ginés González García; de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, y de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, ordenó “incorporar al listado de excepciones al cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y a la prohibición de circular” a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en esta situación.

Así, quedarán exceptuados de la cuarentena y de la prohibición de circular, siempre y cuando se dirijan hacia el domicilio de uno de sus progenitores. Sólo podrán trasladarse una vez por semana y deberán portar completa la declaración jurada aprobada por la Resolución N° 132/20 del Ministerio de Desarrollo Social. En el caso de familias monoparentales podrán ir también al hogar de un “referente afectivo”.