Matías Tombolini, actual vicepresidente del Banco Nación, salió a desmentir una información falsa que difundió Eduardo Feinmann en su programa por A24.

La discusión se dio sobre una resolución del Banco Central que autorizaba a los beneficiados por reparaciones a la violación de derechos humanos durante la dictadura a comprar divisas al precio oficial para girarlas a sus lugares de residencia en el extranjero, sin pagar el impuesto del 30 por ciento.

Tombolini, desmintió la operación de Feinmann y Manuel Adorni desde su cuenta de Twitter.

"Errores en la interpretación de lo que dispuso el Banco Central, abro #hilo", inició la desmentida el vice del Banco Nación.

Y continuó: "Me llega este corte de video con un análisis sobre el alcance de la resolución A7052 del BCRA donde veo que se dice que están autorizando fugar divisas a las víctimas del terrorismo de estado.

Me permito acercar algunos puntos que podrían ayudar a entender que la conclusión a la que se llega en el video es un GRAVE ERROR que fomenta el odio en un momento que tenemos que estar más unidos que nunca.

Lo primero que quiero señalar es que el punto de la resolución al que se hace referencia en el video, diciendo que el BCRA “se expresa disimuladamente”, es parte integrante de la comunicación oficial.

Por lo tanto suponer que hay disimulo en un acto administrativo, de acceso público y que leen al aire, es un contrasentido. Pero vayamos al tema en cuestión

1. La resolución A7052 del BCRA en su punto 4 indica que hay que incorporar como punto 3.12.6 al TEXTO ORDENADO SOBRE NORMAS DE EXTERIOR Y CAMBIOS. El texto que cito a continuación:

2. "3.12.6 Transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes. “

3. El error es decir que un residente que perciba ingresos derivados de dichas leyes, puede fugar divisas. Eso es porque no vieron el apartado 3.12 al que se refiere el punto 4, que es para NO residentes en el país. Acá dejo el apartado http://bcra.gov.ar/Pdfs/Tex

4. Es decir q la resolución del BCRA, en el marco de la LEY, con el punto 3.12.6 agregado, permite que un NO residente quien cobra como resultado la aplicación de esas leyes, lo pueda hacer al tipo de cambio oficial SIN pagar el impuesto PAIS.

Espero que la información que dejo aquí resulte útil a quien realice el análisis más allá de cómo pensemos políticamente cada uno de nosotros".