El vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Gustavo López, informó que el organismo autárquico iniciará un procedimiento para analizar sanciones contra el canal La Nación + por las expresiones de las periodistas Viviana Canosa y Laura Di Marco, quienes hablaron de una supuesta enfermedad de Florencia Kirchner y una presunta responsabilidad al respecto de su madre, Cristina Kirchner.

López explicó que este lunes los fiscalizadores del Enacom analizarán si las periodistas violaron alguna de las normativas vigentes en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Entre el martes o miércoles los evaluadores sacaran un dictamen donde dirán si hubo violación o no a alguna de las normas. Si consideran que hubo violación se le notifica al canal en cuestión que tiene 10 días para contestar y por último se realiza un dictamen jurídico que debe ser analizado por el directorio del ente para decidir una sanción.

El vicepresidente de Enacom señaló que el expediente puede demorar entre 30 y 40 días e indicó que las sanciones son siempre contra el canal o la productora por que los responsables frente al ente.

En cuanto a las sanciones, López explicó que "son graduables de acuerdo al tipo de falta" y que pueden en términos económicos pueden llegar a la quita del 10% de la publicidad del mes del canal.

Laura Di Marco y Viviana Canosa.
Laura Di Marco y Viviana Canosa.

Eduardo López: "Hubo discriminación por razones políticas, estigmatización y hechos falsos"

En su opinión personal, y respetando el procedimiento que llevará adelante el organismo, el vicepresidente de Enacom sostuvo que en el caso de las declaraciones de Canosa y Di Marco hubo una violación a los artículos 70 y 71 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Ambas leyes apuntan contra la propagación de discursos de odio, estigmatizantes y discriminantes.

“Lo que ha sucedido es una barbaridad. Acá hubo discriminación por razones políticas, estigmatización y hechos falsos", detalló López quien repudió que las periodistas no respetaran los lineamientos para hablar de aparentes temas de salud, mostraran fotos de Florencia Kirchner y hablaran con poca claridad de un supuesto abuso a un menor.

"Usan la crueldad para atacar políticamente donde más le duele a Cristina, que es su hija. Sabemos que en este momento de post verdad se acabó el periodismo. Hay muchas operaciones y se rompieron todos los límites a los códigos de ética periodísticos", agregó.

La preservación de la libertad de expresión

Tras las polémicas declaraciones, las periodistas salieron a defenderse usando como argumento el derecho a la libertad de expresión. En ese sentido, López aclaró que la normativa deja en claro que "nadie puede prohibir a nadie lo que tenga para decir, pero que todos se tienen que hacer cargo de las consecuencias"

"El límite de la libertad de expresión nunca es antes, nadie te puede prohibir decir nada, pero si no respetas las leyes vigentes te tenés que hacer cargo. La ley es preexistente. Cuando un medio obtiene una licencia debe cumplir las normas de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, de la Constitución Nacional y de la Convención Americana de Derechos Humanos. Si no las cumplen hay sanciones", completó.

Qué dicen el articulo 70 y 71 de la ley de medios

El artículo 70 de la Ley de Medios indica que la programación de los servicios previstos en la ley deberá evitar contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes.

Mientras que en el articulo 71 se señala que quienes produzcan, distribuyan, emitan o de cualquier forma obtengan beneficios por la transmisión de programas y/o publicidad velarán por el cumplimiento de las leyes 25.280, por la que se aprueba la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad; la 25.926, sobre pautas para la difusión de temas vinculados con la salud; la 26.485, sobre la protección integral para prevenir, sancionar, y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales; y 26.061, sobre protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes así como de sus normas complementarias y/o modificatorias y de las normas que se dicten para la protección de la salud y de protección ante conductas discriminatorias.

Fuente: C5N