La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI) realizó un masivo y extenso operativo a lo largo y ancho del país con el objeto de verificar el cumplimiento por parte de los comercios de la utilización de terminales electrónicas de pago para la Devolución del IVA.

Esta herramienta es fundamental para que las y los contribuyentes pueden abonar sus compras con tarjetas de débito y así acceder a los beneficios del Compre Sin IVA, el programa que otorga la devolución del 21% en productos de la canasta básica.

El organismo que conduce Carlos Castagneto desplegó cerca de 2.700 funcionarios que llevaron a cabo tareas de control sobre 23.937 comercios, detectando en promedio un 13% de inconsistencias entre las que se pueden mencionar la falta de terminales de cobro, la utilización exclusiva de opciones virtuales sin tarjeta o cobros en efectivo, errores en el funcionamiento o diferencias entre la titularidad de las terminales y del comercio, entre otras.

Devolución del IVA: AFIP controló la utilización de terminales electrónicas en casi 24 mil comercios

La AFIP fiscalizó 4042 verdulerías y fruterías, 3964 carnicerías y 15.931 locales de cercanía (panaderías, supermercados, almacenes, fiambrerías, minimercados, pollerías, etc.) de la Ciudad de Buenos Aires y las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Neuquén, Salta, San Juan, Santa Fe, Tucumán, Entre Ríos, Misiones y Chaco.

Compre Sin IVA: 20 millones de personas beneficiadas con el programa

El programa Compre Sin IVA beneficia a más de 20 millones de personas, un universo compuesto por 440.000 empleadas de Casas Particulares, 7 millones de jubilados y pensionados, 2.5 millones de beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación Universal por Embarazo (AUE), 2.3 millones de monotributistas, 9 millones de trabajadores en relación de dependencia con sueldos inferiores a $708.000 y titulares de la Tarjeta Alimentar y de Potenciar Trabajo.

Cabe destacar que para los comercios que no cuentan con los medios de pago habilitados, el organismo aplicará las penalidades previstas en el art. 40 de la Ley de Procedimiento Tributario.

Fuente: Àmbito