El Senado convirtió en ley la modificación del impuesto a las ganancias, que puso como nuevo piso salarial los 150 mil pesos mensuales brutos, así como la reforma del régimen de monotributo.

Con 66 a favor, una abstención y cuatro ausentes, los senadores aprobaron de manera conjunta las leyes que modifican el piso a partir del cual los asalariados y jubilados empiezan a pagar el impuesto a las Ganancias.

A pesar de tener disidencias parciales, el interbloque de Juntos por el Cambio manifestó su respaldo a la iniciativa durante el debate en las comisiones, por lo que la ley podría ser sancionada con consenso similar al que tuvo en Diputados (241 votos a favor y 3 abstenciones).

Uno de los cambios introducidos a último momento durante el tratamiento en la Cámara de Diputados establece que los ex presidentes y vicepresidentes de la Nación pagarán Ganancias sobre las asignaciones vitalicias. Asimismo, se establece que la ley tendrá vigencia al 1 de enero de este año, por lo que el Gobierno devolverá los descuentos ya realizados a quienes le corresponda.

Tampoco el aguinaldo de los sueldos hasta 150 mil pesos brutos pagará impuesto a las Ganancias, mientras que el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por las guardias u horas extras, en virtud de la pandemia de coronavirus. Los gastos de guardería sobre niños de hasta tres años no pagarán Ganancias hasta un tope anual de 67 mil pesos. Asimismo, se duplica la exención por hija o hijo discapacitado que en la actualidad es de 78.833 pesos, y se elimina el tope de edad.

El proyecto impulsado por el Gobierno eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias a 150 mil pesos brutos y, en el caso de los jubilados, comenzará a pagarse a partir de los ocho haberes mínimos y ya no de los seis.

El Gobierno estima que alrededor de 1.300.000 trabajadores dejarán de pagar este tributo a partir de esta ley y, según precisó el Ministerio de Trabajo, otras 200 mil personas, cuyos ingresos están entre los 150 mil y los 173 mil pesos, verán reducida la carga tributaria a través de una deducción especial y pagarían menos que en la actualidad. También establece que estará exento de Ganancias el sueldo anual complementario para quienes ganen hasta 150 mil pesos, así como el salario que perciban los trabajadores en relación de dependencia en concepto de bono por productividad hasta un monto equivalente al 40% de la ganancia no imponible cuando la remuneración bruta no supere los 300 mil pesos mensuales.

Además, prorroga hasta el 30 de septiembre de 2021 la exención para las remuneraciones por guardias obligatorias y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional. La iniciativa también amplía la deducción para cónyuges y establece que las asignaciones mensuales y vitalicias de los ex presidentes y vicepresidentes van a estar alcanzadas por el impuesto.

En tanto, el proyecto sobre monotributo apuntó a resolver el problema de la actualización surgido de la suspensión del índice de movilidad previsional anterior y a generar un puente para la transición al régimen general.

Según explicó oportunamente la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, el "núcleo duro del proyecto" es que "el paso al régimen general no sean tan abrupto, que no pase a tener una carga tributaria muy superior".

El Senado aprobó un proyecto que multa el acoso sexual callejero

Además de tratarse la ley del impuesto a las Ganancias, la Cámara Alta aprobó un proyecto que incorpora al Código Penal el acoso sexual en espacios públicos y establece multas que irán desde los 3 mil a los casi 20 mil pesos. Ya tenía media sanción en Diputados y fue aprobado por 67 votos a favor y solo uno en contra. De todas maneras cabe destacar que giró hacia la Cámara que comanda Sergio Massa por algunas modificaciones propuestas por las senadoras Silvia Elías de Pérez y Guadalupe Tagliaferri y el senador, Juan Carlos Marino.

En dicha iniciativa se contempla como acoso: gestos, expresiones, palabras, contacto físico o arrinconamiento no consentido con connotación sexual perturbe la dignidad, libertad, integridad física, psicológica, sexual o el libre tránsito de una persona, con motivo de género, orientación sexual, identidad de género o su expresión. Las multas se elevarán cuando las víctimas sean menores de 18 años o el autor sea funcionario público o miembro de las fuerzas de seguridad.

La idea principal es "generar espacios más tranquilos para todas las mujeres" y que el Estado tenga un rol activo frente al hostigamiento en lugares públicos. Cabe destacar que, a pedido de Elías de Pérez, se incorporó un artículo que incluye multas si dichas conductas se llevan a cabo "por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, plataformas digitales o cualquier otra tecnología de transmisión de datos".

Fuente: El Destape