El director del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), Gonzalo Quilodrán, estuvo presente esta tarde en los estudios de C5N y llevó tranquilidad a los argentinos. 

Después de que el Gobierno dispusiera que no se les puede cortar el servicio a ciertos clientes por mora o falta de pago ante la crisis desatada por el coronavirus, hoy se dispuso que las empresas prestadoras de telefonía fija, móvil, Internet y TV por cable deberán hacer un listado para elevar al ENACOM con los usuarios susceptibles de cortes o suspensión.

El beneficio de mantener el servicio en los casos de mora o impago de las facturas solamente alcanza al siguiente universo de usuarios: Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo; beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social; jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles; monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo; electrodependientes; usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares; y exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

El beneficio además alcanza a: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) afectadas en la emergencia; las cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el Inaes afectadas en la emergencia; las instituciones de salud, públicas y privadas afectadas en la emergencia; y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria.

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