Jaime Mecikovsky, funcionario de alto rango en la AFIP durante la presidencia de Mauricio Macri, fue denunciado penalmente por encubrimiento agravado y abuso de poder. Se trata del brazo ejecutor de la persecución al Grupo Indalo.

El exsubdirector general de Operaciones Impositivas del Interior de AFIP fue señalado por direccionar la persecución en causas sensibles, como la del Grupo Indalo, y cubrir sus propias irregularidades con un equipo especial formado para realzar dichas tareas.

Según la denuncia, durante su gestión Mecikovsky se habría ocupado personalmente de orquestar la persecución, indicar cómo se debían responder oficios judiciales en causas importantes y dirigir prácticas de espionaje.

El exfuncionario macrista habría encubierto sus propias irregularidades y también las de su equipo, integrado entre otros por Néstor Sosa (subdirector general de Auditoría Interna) y Marcos Russo (director de Integridad Institucional).

En abril, la Cámara Criminal y Correccional Federal determinó por unanimidad revocar el sobreseimiento de Mecikovsky por el delito de "violación de secreto".

"Los querellantes Ángel Rubén Toninelli y Guillermo Michel apelaron el auto dictado por el juez de grado el 6 de febrero pasado en el que sobreseyó al Mecikovsky", expuso el doctor Eduardo Farah.

Luego agregó que "la representación de Guillermo Michel ha puesto de manifiesto cómo, con carácter previo a la decisión conclusiva, alegó cuáles fueron las falsedades y maniobras que a su modo de ver implicaban una suerte de actuar coordinado tendiente a perjudicarlo ilícitamente. Basta repasar las actuaciones para advertir que no existió investigación ni abordaje al respecto".

La Fiscalía, el 17 de marzo de 2022, había sostenido que "existe motivo bastante para sospechar que Jaime Leonardo Mecikovsky, en su carácter de Subdirector General de la AFIP, habría intervenido en el desarrollo de conductas irregulares para perjudicar al acusador privado, consistentes en brindar declaraciones falsas y dirigir o instigar a otros a efectuarlas con la intención de damnificar al denunciante, así como usar abusivamente las facultades otorgadas como agente de la AFIP llevando adelante actividades en supuesto detrimento del querellante".

En la misma línea, Farah remarcó que "advierto que si las acciones analizadas en el auto apelado bajo la figura de violación de secretos resultaban comprendidas por otro sobreseimiento dictado previamente en otro proceso, replicarlo en éste constituye una decisión jurídicamente incorrecta".

Fuente: C5N