La justicia platense rechazó hoy un amparo que pedía que no se suspendan las clases presenciales en los distritos del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) que había sido presentado el sábado pasado por diputados bonaerenses de Juntos por el Cambio junto a un grupo de padres y madres.

La medida la adoptó la titular del Juzgado de Familia 6 de La Plata, María del Rosario Rocca, al resolver un amparo presentado contra el decreto del gobernador Axel Kicillof, que adhirió a las medidas dispuestas por Alberto Fernández, por considerar que no tiene competencia para expedirse sobre una normativa nacional.

"Lo dispuesto a nivel local ha de ser en directa aplicación de las directrices emanadas del Decreto de Necesidad de Urgencia 241/2021, que por su naturaleza de norma nacional, escapa a la competencia de la justicia provincial", sostuvo en el fallo.

La magistrada agregó que "por tanto, y en orden al reclamo impetrado no corresponde el examen de la cuestión traída, a la luz de la falta de competencia para expedirme respecto de cuestiones de orden federal como lo es el dictado de un Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por la máxima autoridad del poder administrador”.

En ese sentido, la jueza precisó que “en su caso, ha de ser evaluado por la Justicia federal en el marco de las competencias que le son propias". Precisamente, la magistrada hace eje en el debate que se dio con el fallo de la Sala IV de Cámara de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires sobre un amparo presentado en CABA.

"Considerando que lo que se encuentra en juego es la interpretación y aplicación de una norma federal que excede el marco de la jurisdicción provincial conforme lo previsto en los arts. 116 CN y 2 de la ley 48, prevalece la competencia federal en el examen de la cuestión traída", concluyó.

En este caso, se trataba de un amparo presentado por los diputados provinciales Daniel Lipovetzky, Diego Rovella y Emiliano Balbín junto a padres y madres para que el Gobierno bonaerense reestablezca el dictado de clases presenciales, que según los decretos nacionales y provinciales se suspenden desde el 19 al 30 de abril.

“Ante la repetición de errores y fórmulas que no funcionaron en 2020 por parte del Presidente y del Gobernador, me veo en la obligación moral, no solo como funcionario público, sino también como padre, de presentar un recurso de amparo para defender el Derecho Humano a la Educación”, había señalado Lipovetzky.

La presentación judicial, que va en línea con otros amparos interpuestos por intendentes opositores, solicitaba que “hasta tanto se resuelva la cautelar se ordene la continuidad de las clases presenciales” y de fondo reclama que la Provincia “reestablezca el dictado de clases” adentro de las aulas. 

“La experiencia del 2020 nos demostró que la virtualidad no es suficiente, ni satisfactoria. La falta de presencialidad ocasiona un grave perjuicio a los niños, niñas y adolescentes, sumado a que, no hay datos científicos ni epidemiológicos que justifiquen la no presencialidad”, agregó el diputado Lipovetzky.

En la presentación judicial se remarcaba que quedó “sobradamente demostrado que la presencialidad de los alumnos en las aulas no constituye un foco de infección preponderante, por lo que limitar dicha posibilidad es una medida arbitraria sin sustento científico”.

“Acá no se trata de presencialidad versus virtualidad, sino que, si no hay presencialidad, en muchas escuelas de la provincia y también de nuestra ciudad de La Plata, no van a tener clases, porque muchos chicos de las zonas más vulnerables no tienen el acceso a la tecnológica necesaria para poder tener sus clases virtuales”, concluyó Lipovetzky.

Fuente: Diputados Bonaerenses