El Gobierno oficializó hoy un paquete de ayuda al sector gastronómico, consistente en un pago de $18.000 en principio por única vez para monotributistas y autónomos que se desempeñen en el sector. El programa, comprendido dentro del “Repro II” con el que se asiste a empresas afectadas por la pandemia y las restricciones dispuestas para intentar paliarla, había sido adelantado como parte del endurecimiento de los límites a la movilidad nocturna en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y otros puntos del país. Ayer, ya se había creado un mecanismo similar para que empleadores del sector recurrieran al Repro para conseguir asistencia en el pago de salarios.

A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, fue creado el “Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente”. El programa consiste en el pago de una suma de hasta $18.000 a trabajadores independientes del sector, encuadrados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o en el Régimen de Trabajo Autónomo, que cumplan una serie de condiciones.

Según detalla la norma, los requisitos para aplicar al subsidio de emergencia son los siguientes:

- Haber declarado como actividad principal, al 12 de marzo de 2020, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), alguna de las tipificadas en el anexo (Ver archivo embebido) de la resolución que se encuadran dentro del sector gastronómico;

- Haber efectivizado al menos tres pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos seis meses previos a realizar la solicitud para acceder al programa;

En el caso de declarar una fecha de inscripción al régimen correspondiente posterior a los SEIS (6) meses previos a realizar la solicitud al programa, deberá registrarse como mínimo un pago.

- Presentar una variación de la facturación inferior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre el 1° al 20° de abril de 2021 y el mismo periodo de 2019. En caso que la fecha de inscripción al régimen de trabajo independiente correspondiente sea posterior al 1° de abril de 2019, se excluye la presente condición para acceder al beneficio.

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II va a ser el encargado de expresar, en términos nominales, la variación real definida en estas condiciones. Aunque esa cifra está por ser oficializada, en principio dado el avance de la inflación en el último año, la facturación no debería haber crecido más del 12,8% en el período para significar una caída de al menos 20% en términos reales, es decir, calculando el efecto del avance del nivel general de precios.

Para empleadores que tenga trabajadores en relación de dependencia a su cargo, mientras tanto, hay condiciones extra:

I. Contar con una dotación de personal no superior a cinco trabajadores en el mes anterior a la solicitud del beneficio;

II. El indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para el mes de marzo de 2021 deberá presentar un valor máximo que será definido por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Re II;

III. No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) en los supuestos previstos en el inciso h) del artículo 2º y en los artículos 3º y 4º de la Ley N° 26.940, por el tiempo que permanezcan en el mismo.

La resolución aclara que la asignación de $18.000, que será pagada por la Anses, es por una sola vez aunque podría ser repetido en el futuro en caso de resultar necesario.

La resolución que extiende la ayuda a monotributistas y autónomos complementa una norma previa, publicada el lunes, que definía al sector gastronómico como crítico y habilitaba a los empleadores del sector a pedir hasta $18.000 para el pago de salarios durante el mes de abril. Para meses futuros, el techo baja a $12.000 por salario, al menos tal como está definido hasta ahora.

En la cartera de Trabajo estiman que unos 400.000 trabajadores terminarán siendo asistidos en abril por el Repro II y este bono especial para monotributistas y autónomos.

El trámite para solicitar la ayuda se hace en la página web del Ministerio de Trabajo o de la AFIP, a través de las páginas dedicadas al Repro II, dijeron fuentes de la cartera laboral. Para el Repro son los empleadores los que tienen que hacer el pedido, mientras que en el caso del Programa de Asistencia de Emergencia al Sector Gastronómico Independiente son los propios trabajadores los que deben solicitarlo.

Fuente: Infobae