La AFIP habilitó la inscripción para el programa de asistencia al trabajo y la producción (ATP). Según la variación de la facturación, las empresas podrán acceder a un crédito a una tasa del 15 por ciento o a que el Estado pague la mitad de los salarios de los trabajadores. La inscripción en la web de AFIP estará abierta hasta el 3 de septiembre. Los préstamos podrán convertirse en subsidios si la pyme mantiene o suma empleo. La letra chica de cómo se aplicará esta variante, que se utilizará por primera vez en un ATP, será publicada la semana que viene por el Ministerio de Desarrollo Productivo.

Salario complementario

Como en todas las ediciones del ATP, las empresas podrán acceder a que el Estado pague la mitad de los salarios de los trabajadores del mes de agosto, a pagarse en septiembre. Para acceder a este beneficio, tiene que haberse registrado una variación negativa de la facturación interanual nominal de julio.

Tal como ocurrió en el ATP 4, habrá una diferenciación en el tope del pago del 50 por ciento del salario. Para las actividades críticas, como puede ser el turismo, el Estado pagará hasta dos salarios mínimos (33.750 pesos). Para las consideradas no críticas, el tope será de 1,5 salarios mínimos (25.313 pesos). En tanto, quedarán excluidos del pago los salarios superiores a 140 mil pesos.

En esta nueva ronda del programa, la quinta consecutiva, sumaron nuevas actividades al listado de las consideradas críticas, debido a la caída en la facturación. Estas son: gastronómicos, transporte de larga distancia y escolar, jardines maternales, clubes deportivos, residencias para personas mayores, cervecerías artesanales, entre otras. Estos rubros también accederán al beneficio de la reducción de las contribuciones patronales en un 95 por ciento. El resto, podrán posponer su pago por 60 días.

Crédito reconvertible en subsidio

Las empresas que registren una variación positiva interanual nominal de hasta el 40 por ciento, podrán acceder a un crédito con tasa subsidiada del 15 por ciento. El mes pasado, el límite había sido 30 por ciento. Esta vez, se tomó el número de 40 por ciento dado que la inflación interanual en julio 2020 fue 42,4 por ciento, por lo que entrarán las empresas que tuvieron variaciones nominales positivas, pero menores a la inflación.

La posibilidad del acceso al crédito había sido incluida en el ATP 4, pero con distintas tasas según la variación de la facturación. Esta vez, será la misma tasa para todas las que ingresen. La novedad en el ATP 5 es que el crédito podrá ser convertido en subsidio si las firmas mantienen o mejoran su dotación de empleo respecto a la prepandemia. La medida fue tomada por el gabinete económico para generar un “incentivo adicional” para las que mantuvieron el empleo durante la pandemia o “realizan esfuerzos” para ampliar la dotación de personal.

La letra chica de la implementación la publicará la semana que viene el Ministerio de Desarrollo Productivo. El titular de la cartera, Matías Kulfas, anticipó que la tasa podría reducirse al 7,5 por ciento. Lo que no queda claro es si esa tasa será igual para las empresas que mantuvieron que para las que sumaron trabajadores. En cualquier caso, podrán acceder al beneficio las pymes de menos de 800 empleados.

El Banco Central será el organismo encargado de implementar el otorgamiento del crédito. Sólo podrán destinarse al pago de los salarios, por lo que el financiamiento se acreditará directamente en las cuentas bancarias de cada uno de los empleados, tal como ocurre con el salario complementario que lo deposita la Anses. 

En todos los beneficios, ya sea salario complementario, disminución de contribuciones patronales o créditos subsidiados, se mantienen las restricciones que ya existían: las empresas no podrán distribuir utilidades, recomprar acciones, acceder al dólar contado con liquidación y hacer transferencias a paraísos fiscales.

Fuente : Pagina/12