En otro fallo que demuestra la corporación judicial y la defensa de los poderosos, el jue Ramos falló en favor de sus colegas Julián Ercolini (juez federal de Comodoro Py), Carlos Mahiques (camarista de Casación, el máximo tribunal penal), Pablo Yadarola (juez en el penal económico) y Pablo Cayssials (del estratégico fuero en lo contencioso administrativo); también del fiscal general de la Ciudad, Juan Bautista Mahiques; del exministro de Justicia y Seguridad porteño Marcelo D’Alessandro; del exfuncionario de la SIDE Leonardo Bergroth, del asesor en comunicación Tomás Reinke y de los directivos del Grupo Clarín Pablo Cassey y Jorge Rendo.

El fallo firmado ayer, al filo de la Navidad y de la feria judicial, fue notificado a las partes. Si el fiscal del caso, Ramiro González, no lo apela la semana próxima, quedará cerrado definitivamente. 

La causa se inició en Bariloche, donde la fiscal imputó a los involucrados, pero a pedido de uno de los jueces acusados -Yadarola- a principios de este año el expediente pasó a los tribunales de Comodoro Py por decisión del camarista federal porteño Eduardo Farah.

La visita que se investiga ocurrió en octubre de 2022. En una resolución de 73 carillas, en la que el juez federal Sebastián Ramos planteó que hubo una “vulneración del derecho a la privacidad de quienes han sido denunciados” y declaró la “nulidad de todo lo actuado”.

El magistrado Sebastián Ramos concluyó que hubo sobre quienes viajaron a Lago Escondido para hospedarse en la estancia de Lewis “una actividad de seguimiento irregular que contó con la intervención de una Fuerza de Seguridad y otros organismos del Estado”. Por este motivo, declaró la nulidad de la causa.

“Deviene ineludible proceder al archivo de estos actuados, atendiendo a que las evidencias sobre las cuales se delineó la denuncia fueron obtenidas en violación a garantías constitucionales y apoyar en ellas una sentencia judicial compromete la buena administración de justicia”, advirtió la resolución del juez Ramos.

También, sostuvo que “se produjo información sobre el hecho como resultado de esa maniobra ilícita, que luego fue brindada públicamente por redes sociales” y ello “terminó dando lugar a notas periodísticas replicadas en diversos medios”. “Las intromisiones injustificadas que formaron parte de ese accionar ilegal derivaron en la vulneración del derecho a la privacidad de quienes han sido denunciados”, planteó el juez.

Por último, en relación al viaje realizado el 13 de octubre de 2022, Ramos indicó que “no existen indicios de la comisión de un delito ni prueba alguna que permita dar apoyatura a dicha hipótesis” y que, “por el contrario, se trata de acciones que deben quedar exclusivamente reservadas al ámbito de privacidad de los individuos”.

Otro fallo de Comodoro PRO lamentable.

Del Instagram de argentinacontodos