La Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó este martes el pedido de excarcelación solicitado por Nicolás Carrizo, líder de la denominada "Banda de los Copitos", uno de los acusados del intento de magnicidio de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

La resolución fue adoptada de manera unánime por los camaristas Guillermo Yacobucci, Angela Ledesma y Alejandro Slokar. Además, según trascendió, el tribunal ponderó el reclamo de la querella de la ex mandataria para que se amplíen las declaraciones de Carrizo y los otros coprocesados para avanzar en la pesquisa. En ese marco, se invocó la "gravedad institucional" del caso.

El fallo señaló que "la expectativa de pena y la gravedad de los hechos investigados resultaban indicadores de entidad suficiente para el mantenimiento del encierro cautelar, debido a que incrementaban el peligro de fuga", "además del procesamiento firme en estas actuaciones, ponderaron que también se encuentra investigado por el delito de falsificación de documentos públicos, en carácter de autor, suceso por el cual se declinó la competencia en favor de la justicia de la ciudad".

Los camaristas también agregaron que "el nuevo domicilio de cumplimiento de la medida aportado por la defensa",  perteneciente a la actual pareja de Carrizo, Maira Mansilla Cuadros, "no resultaba suficiente para apartarse del criterio sostenido con antelación". Según observaron, "si bien manifestó tener un vínculo afectivo de larga data" con el acusad "no se encuentran registros telefónicos de contactos, de llamados ni de mensajes”.

A raíz de esto, se señaló que "la información que surge del informe social practicado arroja dudas razonables sobre el tiempo que lleva la relación de pareja y, por ende, el arraigo que se pretende demostrar".

Por otra parte, los camaristas alertaron sobre un "peligro procesal de entorpecimiento de la investigación". Recordaron que, en su anterior intervención, tuvieron en cuenta el trámite vinculado al pedido de la querella de ampliación de la indagatoria de Carrizo y otros consortes de causa.

De esta manera, sostuvieron que, "hasta tanto se pudieran determinar sus alcances, no se podía descartar la posibilidad de que el establecimiento de una medida de coerción distinta a la que se viene ejerciendo, pudiere obstaculizar el debido desarrollo y continuidad de la actividad probatoria en esta causa".

La defensa de Carrizo, a cargo del abogado Gastón Marano, afirmaba que el dictámen "vulneraba el artículo 18 de la Constitución Nacional" y tratados "en lo tocante a la libertad personal durante el proceso" y que "lució arbitraria y falta de la fundamentación que es debida". En ese sentido, señaló que "no se explicó como una persona carente de recursos podía fugarse o entorpecer una investigación que está concluida.

Actualmente, Carrizo se encuentra en el penal de Marcos Paz, está separado de la población común (en resguardo de integridad física). 

Fuente: El Destape