El juez federal de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo, procesó a un productor agropecuario y excandidato a concejal de Juntos por el Cambio en Pergamino por haber llamado a "fusilar" a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, en una publicación realizada en agosto pasado en la red social Twitter.

El procesamiento se dictó sin prisión preventiva por el supuesto delito de "incitación a la violencia pública" con un embargo de $100.000 y recayó sobre Román Gutiérrez, informaron fuentes judiciales.

El excandidato a concejal había sido denunciado el 6 de septiembre último por un miembro de la Asociación por la Memoria y los Derechos Humanos de Pergamino ante la fiscalía de ese distrito, a cargo de Matías Di Lello.

Según esa presentación, el imputado publicó en Twitter un video "de la manifestación local efectuada el 27 de agosto de 2022 en apoyo a la Vicepresidenta donde se lo escucha insultando a los presentes y a la funcionaria", se informó en el sitio fiscales.gob.ar de la Procuración General de la Nación.

"Hay que fusilarla a ella y a todos estos hijos de mil putas también. Son cuatro pelotudos, ya se van a morir todos", dijo entre otros insultos el ahora procesado al filmar la manifestación en apoyo a la ex mandatariay luego subir la imagen con sus dichos a la red social. El productor trató a los manifestantes de "negros planeros" , entre otros insultos.

"Al ser el imputado candidato a concejal por Juntos por el Cambio, además de integrar la Comisión de la Sociedad Rural de Pergamino y la Cámara de Contratistas de la provincia de Buenos Aires, sus manifestaciones alcanzaron un alto grado de publicidad", evaluó el juez en el procesamiento. Además esas manifestaciones mostraron "una actitud irreverente y de desprecio frente a la ley", agregó la resolución.

Las alocuciones difundidas en la red social tuvieron un "tono provocador e imperativo" y fueron demostrativas de la "idoneidad de sus palabras para generar el peligro requerido" por el delito en base al cual resultó procesado. Villafuerte Ruzzo reiteró en el fallo que el derecho a la libertad de expresión "no es absoluto" y puede ser objeto de reproche penal en caso de "ejercicio abusivo".

Atentado a Cristina: Capuchetti rechazó restringir las comunicaciones de Sabag Montiel

La jueza federal María Eugenia Capuchetti rechazó restringir las comunicaciones de Fernando Sabag Montiel, principal acusado por atentado contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, tras considerar que "no se encuentran configurados los presupuestos necesarios para imponer una restricción" de esas características, informaron fuentes judiciales.

La decisión de la magistrada se produjo en respuesta a un pedido del fiscal federal Carlos Rivolo, quien tiene a su cargo la investigación, y había solicitado la medida para "preservar la seguridad" del imputado que en los últimos días escribió dos cartas que se incorporaron al expediente y atendió el llamado de un medio de comunicación al teléfono del penal que él mismo había consignado en las misivas.

La jueza Capuchetti sostuvo que "no se encuentran configurados en autos los presupuestos necesarios para imponer una restricción a las comunicaciones de Sabag Montiel, o de cualquiera de los otros encausados, en los términos en que fuera sugerida por el Ministerio Público Fiscal".

Y señaló que "sin perjuicio de que el fiscal menciona que se orienta exclusivamente a la seguridad del interno, lo cierto es que, tal como se postula en el propio dictamen y de la opinión de la defensa, desde el punto de vista material dicho fin se perseguiría con una restricción a sus derechos. Esto es, concretamente, a comunicarse libremente por medios telefónicos".

El fiscal Rivolo había solicitado que, "dada la gravedad institucional de los hechos objeto de la presente pesquisa, y con el exclusivo fin de preservar su seguridad", se disponga "restringir las comunicaciones que reciba el detenido en el establecimiento carcelario, a su defensa y/o allegados autorizados específicamente por él".

En tanto, Capuchetti consideró que "no se ha realizado una detallada exposición de motivos respecto a (1) el modo en que la restricción de las comunicaciones de Sabag Montiel propendería a un mayor cuidado de su seguridad; y (2) el criterio que permitiría distinguir a los 'allegados expresamente autorizados' por Sabag Montiel, de aquellos que no lo son".

Y marcó que "no se ha tomado conocimiento hasta el momento, de comunicación alguna que el nombrado haya mantenido sin prestar su consentimiento". Por otro lado, su abogado Juan Martín Hermida intentó tener una audiencia con Sabag Montiel por Zoom y éste lo rechazó.

Fuente: El Destape