La noticia se hizo conocida hace ya unos días y a partir de este sábado será implementada por WhatsApp: ahora, la aplicación tiene una política de privacidad para sus usuarios donde habrá un modelo de intercambio de datos con Facebook. ¿El objetivo? Beneficiar a ambas empresas a la hora de obtener información para sus campañas de marketing y publicidad. Todo esto fue puesto en jaque cuando la Secretaría de Comercio Interior decidió dictar una medida cautelar para que se suspendan las nuevas condiciones del servicio.

Esta determinación, considerando que se incurre en "una situación de abuso de posición dominante", se tomó en base al dictamen de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) tras una extensa investigación de oficio. En el dictamen desde el Poder Ejecutivo, enumeran a países como Estados Unidos, quienes integran la Unión Europea, Turquía, India, Alemania, Italia y Brasil, entre otros, que también informaron sobre dichas violaciones de privacidad y de competencia dentro de cada territorio. En todos los casos se pidió por la postergación de las nuevas políticas.

Citando a la Ley 27.442, desde la Secretaría de Comercio Interior expresan que "el Tribunal de Defensa de la Competencia podrá imponer el cumplimiento de condiciones" en busca de evitar que se produzcan daños o se cause una grave lesión al régimen de competencia. Y además remarcan que "las nuevas políticas de privacidad de WhatsApp podrían lesionar a la competencia y el interés económico general, violando la ley de Defensa de la Competencia, en una infracción al artículo 1".

Al mismo tiempo aclaran en el dictamen que "la recopilación y el intercambio de datos no razonables puede otorgar una ventaja competitiva" y a su vez, "resultar en efectos de explotación de usuarios y exclusión de competidores". Sobre este tema, consideran explotativa: por un lado, "la irrazonable y excesiva recopilación de información de los usuarios de estas plataformas"; por el otro, "la ausencia de opciones reales para los usuarios de estas plataformas para limitar el tratamiento de su información por fuera de la plataforma en la que fue requerida u obtenida"; y por último, "la subordinación de la prestación del servicio de mensajería de WhatsApp a la aceptación de la actualización de las condiciones de servicio y política de privacidad de la compañía".

Desde la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), ponen en duda la gratuidad de los servicios ofrecidos por la firma Facebook acusándolos de que "la monetización del activo se refleja en los ingresos obtenidos por las campañas de publicidad" mientras que remarcan el "abuso por el tratamiento, entrecruzamiento y consolidación de la información obtenida de los usuarios de todas sus plataformas", otra vez atentando contra sus competidores directos dentro del mercado. "El poder de la firma se vería exacerbado a partir de las modificaciones de las condiciones de servicio y política de la privacidad de la aplicación WhatsApp", manifiestan.

Por otro lado, creen que estas modificaciones pueden "interferir que el usuario verá comprometida su libertad de elección" a la hora de rechazar o aceptar las nuevas condiciones. Por esa razón se recomendó a la Secretaría de Comercio Interior que dicte una medida, "en términos del Artículo 44 de la Ley N° 27.442, para que la filial argentina de Facebook y WhatsApp, se abstenga de implementar y/o suspenda la actualización" en el territorio nacional durante 180 días o hasta que finalice la investigación.

Frente a esto, la Secretaría de Comercio Interior dio lugar al pedido sobre la postergación. Además le ordenó, tanto a Facebook como WhatsApp: abstenerse a intercambiar datos incluso en los usuarios que aceptaron la actualización y comunicar a los usuarios "el texto completo" de la decisión. A su vez se avisó a ambas empresas que el incumplimiento de los diferentes artículos podrá ser duramente sancionado.

¿De qué se tratan los cambios?

Cabe destacar que WhatsApp obliga a aceptar dichas condiciones para seguir utilizando los servicios y si esto no ocurre, desde este 15 de mayo, los usuarios y las usuarias tendrán un "recordatorio persistente" hasta que lo hagan, viendo la funcionalidad de la aplicación limitada. Frente a esto y a la fuerte polémica que generó la noticia, se dio un fuerte crecimiento de descargas de aplicaciones de mensajería como Telegram o Signal.

¿Qué quiere decir que habrá "limitaciones" desde la App? Según información desde la web, los diferentes usuarios no podrán acceder a la lista de chats y solo podrán responder llamadas y videollamadas; solo podrán leer/responder mensajes o devolver llamadas/videollamadas tocando las notificaciones; mientras que al cabo de un tiempo, si no aceptan las condiciones, no recibirán ni llamadas ni notificaciones. Si terminan no actualizando la App, podrían perder todo el historial de mensajes y las diferentes copias de seguridad.

Fuente: El Destape