La decisión fue adoptada por unanimidad.  A los votos de Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, a último momento se sumaron Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco.

En el fallo se establece que los nuevos funcionarios deben tributar ganancias, en tanto que aquellos que lo sean con anterioridad a esa fecha no pagarán el impuesto.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) había iniciado una acción de amparo el año pasado para impedir que los nuevos jueces se vean afectados por el tributo que pagan 2 millones de personas en la Argentina.

Ese amparo tuvo el respaldo en primera y segunda instancia en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal. La medida fue presentada contra la aplicación de la denominada “Ley Massot”: en diciembre de 2016, el Congreso sancionó una norme por cual pasaron a pagar Ganancias los jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y provinciales, cuyo nombramiento hubiera ocurrido a partir de enero de 2017.

En su resolución de poco más de una docena de páginas, la Corte consideró que en su fallo la Cámara utilizó argumentos dogmáticos e insuficientes para admitir la procedencia de la medida solicitada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y que, en consecuencia, su decisión fue arbitraria.

El máximo tribunal entendió que la Cámara no debió haber concedido la cautela por el hecho de que exista una forma de interpretar la ley de impuesto a las ganancias que pudiera resultar contraria a los intereses de los magistrados y funcionarios representados por la entidad que los agrupa.

Además, según la Corte, la Cámara no argumentó de la necesidad de la cautelar para evitar un daño irreparable a jueces y funcionarios.

Esta se convirtió en la primera resolución de interés popular para lo que resta del año, teniendo en cuenta que el 4 de diciembre deberá resolve si es posible aplicar el 2×1 en las causas de delitos de lesa humanidad, y el 18 fallará sobre el reajuste por jubilados.

Fuente: Info135